Separación e independencia entre las actuaciones inspectoras y las previas de requerimiento de obtención de información.

Hacienda puede usar los llamados requerimientos de información como paso previo a una inspección sin que este tiempo se descuente del plazo máximo para investigar al contribuyente. Así lo establece el TS en una reciente sentencia, en la que fija doctrina y declara que estos requerimientos no suponen el inicio de una inspección, aunque puedan servir para acordar la apertura de la misma.

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