Se descarta la reducción del IVA en las bombonas de gas butano y propano del 21% al 5%.

El Ejecutivo explica que es una directiva europea la que dispone que los Estados miembros podrán aplicar un máximo de dos tipos reducidos no inferiores al 5% y se aplicarán únicamente a las entregas de bienes y a las prestaciones de servicios expresamente relacionados. "Entre dichas categorías no se incluyen los gases licuados del petróleo entre las categorías de bienes a las que se puede aplicar un tipo reducido del impuesto", argumenta el Gobierno, indicando que es por ello por lo que "no es posible una reducción del tipo del IVA a las bombonas de gas butano y propano".

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