Pensión de jubilación por el RETA.

Invitación al pago de cuotas. El TS, apreciando contradicción, explica que la invitación al ingreso de las cotizaciones pendientes de pago en el RETA procede, una vez cubierto el período de cotización, para cumplir el requisito de hallarse al corriente en el pago de las cuotas. Tal beneficio no alcanza a las cotizaciones prescritas necesarias para cubrir el período de carencia necesario para la pensión de jubilación. STA  TS 29-06-2016.

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