Nuevo tirón de orejas del Supremo a la Inspección de Trabajo.

El TS abre la puerta a que los denunciantes conozcan qué hizo la Administración con sus reclamaciones antes de archivarlas. Los magistrados aclaran que el deber de sigilo obliga a los inspectores a no revelar información que conocen debido a su cargo. Sin embargo, no permite a la Administración ocultarla cuando un ciudadano lo solicita al amparo de la ley de transparencia. “No puede interpretarse como un límite legal al derecho de acceso a la información, ni tampoco que esté atribuyendo la calificación de opaca o de secreta a la información obtenida por los inspectores en el ejercicio de sus funciones cuando un tercero solicita acceder a ella para conocer las razones que han llevado a la Administración a adoptar determinadas decisiones”, señala la sentencia.

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