Las empresas pueden eliminar la compensación de comida en trabajos que sean a jornada partida y cuyos trabajadores presten sus servicios de manera telemática.

La Audiencia Nacional ha emitido una sentencia en la que señala que las empresas pueden eliminar la compensación a sus trabajadores en estas condiciones. Según el documento emitido por la Audiencia Nacional, no se puede pretender igualdad de condiciones entre los empleados que deben desplazarse a la oficina y aquellos que realizan el trabajo desde su hogar.

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