La UE ha aprobado una nueva Directiva con que la que obliga al alquiler de corta duración a recaudar IVA como un negocio,

Aunque no ofrezcan servicios similares a los de un hotel. Este cambio los convertiría, fiscalmente, en empresarios a efectos de recaudar y abonar el IVA, teniendo que cumplir con esta obligación tributaria y todas las derivadas de este deber fiscal. Según esta nueva Directiva europea (Directiva (UE) 2025/516), la obligación de declarar IVA a los inmuebles turísticos de corta duración será una realidad en todo el territorio a partir del 1 de julio de 2028. Habrá que esperar para comprobar cuándo se traspone la normativa a nuestro país, aunque el Gobierno ya expresó a comienzos de este año su intención de que los arrendadores de pisos turísticos pasen a ser considerados empresarios fiscalmente. 

 

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