La transposición de distintas directivas de la UE refuerza la responsabilidad penal de las compañías españolas al realizar ciertas prácticas financieras, como la difusión de información falsa.

La modificación del Código Penal tras la aprobación de la Ley Orgánica 1/2019 del 20 de febreros trata de acabar con la ambigüedad con la que se podían interpretar ciertos supuestos delictivos, "ayudando por un lado a las empresas, a simplificar las maneras de informar al mercado sobre emisiones y, por otro lado, a los jueces, para que les sea más fácil perseguir a los infractores". De todas las novedades, una de las cuestiones más significativas es que se añade el supuesto de "difusión de noticias o rumores falsos". También se destaca el alto grado de protección de los índices de referencias (sobre todo el Euríbor) y de los contratos de materias primas. "Además, las condenas se agravan notablemente cuando estos delitos se cometen de forma reiterativa y el perjuicio económico es muy significativo". Uno de los aspectos en los que más se endurece el Código Penal es en la comisión de fraudes ante la hacienda de la UE.

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