La nueva oleada de sentencias del Tribunal Supremo en las que se condena a la Hacienda

Pública a realizar devoluciones millonarias en favor de algunos operadores de hidrocarburos a cuenta del denominado "tramo autonómico" del Impuesto sobre Hidrocarburos vigente entre los años 2013 a 2018. El origen de este terremoto jurídico y económico lo encontramos en la conocida declaración de ilegalidad de dicho gravamen autonómico por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el año 2024. Tras este pronunciamiento, el debate se ha trasladado a un terreno más procedimental en el que la cuestión nuclear pasa por dilucidar quién tiene derecho a recuperar los importes recaudados por el impuesto ilegal y qué vías tiene para ello. La cuestión no presenta una solución sencilla y habrá que seguir con atención los próximos pronunciamientos del Tribunal Supremo e, incluso, del propio TJUE. Pero el interrogante ya está planteado: si el sistema procesal termina impidiendo que quien efectivamente sufrió el perjuicio pueda recuperar lo indebidamente pagado, el laberinto jurídico de la devolución del "tramo autonómico" corre el riesgo de convertirse en una paradoja difícil de explicar para los contribuyentes.

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