La justicia de Baleares considera que una lesión en el garaje es suceso 'in itinere'.

El desplazamiento desde el lugar de trabajo no finaliza por aparcar el vehículo en el parking del edificio donde el trabajador tiene su domicilio. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que ha reconocido en una reciente sentencia que una lesión sufrida en el garaje es accidente laboral in itinere, es decir, producido al ir o al volver al trabajo. En el caso enjuiciado, un vigilante jurado, tras finalizar su jornada laboral y estacionar su vehículo en el aparcamiento de su domicilio, sufrió una torcedura. El trabajador pasó a situación de incapacidad temporal, pero la Seguridad Social no consideró el accidente como laboral. Los magistrados afirman que el desplazamiento desde el lugar de trabajo no había concluido por aparcar el vehículo en el parking del edificio.

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