La falta de discos en el tacógrafo sólo puede dar lugar a una sanción.

El TJUE resuelve en una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de casación italiano que la no presentación en una inspección en carretera de las hojas de registro del tacógrafo correspondientes al día del control y a los 28 días anteriores serán objeto de una única sanción, independientemente del número de hojas de registro no presentadas. Esa única sanción deberá graduarse en función del número de discos que el conductor profesional no aporte a los agentes de control: los Estados miembros deben prever sanciones suficientemente elevadas, proporcionadas a la gravedad de las infracciones, de manera que puedan desplegar un verdadero efecto disuasorio.

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