La Dirección General de Tributos aclara los límites para que los caseros que tengan inmuebles en zonas tensionadas

y rebajen, al menos, un 5% el precio del alquiler frente al último contrato puedan aplicarse en la declaración de la Renta la deducción del 90% sobre las ganancias. El órgano indica que si un propietario baja la renta al menos un 5% frente al contrato anterior y se marcha el inquilino a los meses, si quiere disfrutar de nuevo de la bonificación del 90% en el ejercicio siguiente, tendrá que volver a rebajar el precio otro 5% frente a este último contrato.

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