La decisión del Supremo de romper el vínculo entre contratas y contrato de obra supone establecer la contratación indefinida como regla general.

En el sector servicios, cada contrata hacía posible la firma de contratos de obra, al tener autonomía y sustantividad propia, multiplicando la temporalidad laboral. La sentencia del Tribunal Supremo de 29 de diciembre de 2020 cambia esta jurisprudencia y rompe la tradicional vinculación entre contrata mercantil y contrato de trabajo temporal por obra, lo que implica el fin de la temporalidad laboral en el sector servicios.

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