La banca debe responsabilizarse de los fraudes digitales y debe reponer de inmediato todo el dinero al cliente

A menos que sea capaz de demostrar que éste actuó con negligencia grave, como por ejemplo, que dejó sus claves anotadas al lado de la tarjeta de crédito. El TS, en un fallo del 9 de abril, analiza con profundidad la Directiva europea de los servicios de pago y la norma española al respecto y concluye que la única obligación del usuario es avisar lo antes posible a las entidades de que se ha realizado una operación no autorizada en sus cuentas corrientes.

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