La AP de Madrid refuerza los derechos de autor de la difusión de contenidos en los aparatos de televisión en habitaciones hoteleras.

Así lo hace en una sentencia que aborda si los hoteles deben recabar la autorización previa de las entidades de radiodifusión (canales de televisión, radios, etc.). La Audiencia concluye que existe retransmisión y que debe ser autorizada previamente por los titulares de derechos sobre las señales porque los hoteles son entidades distintas de las de origen, siendo irrelevante que no sean entidades de radiodifusión. La Audiencia Provincial reduce la indemnización "en función del criterio de la ocupación hotelera y un más que discutible criterio de la nacionalidad de los huéspedes". "En cualquier caso", apunta, "es posible que sea el Tribunal Supremo quien termine zanjando esta disputa".

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