La AN anula una sanción tributaria de más de 600.000 euros porque la documentación ya había sido revisada.

Hacienda no puede sancionar a una empresa por un ingreso sospechoso sobre el que ya había descartado posibles ilegalidades, en un procedimiento de comprobación anterior. Si los inspectores concluyen que no hay irregularidad ni fraude, a ojos de los magistrados, esta declaración goza de efecto de cosa juzgada. El fisco, por tanto, debe respetar sus propias decisiones y no contradecirlas, apunta el fallo.

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