Intermediarios fiscales y contribuyentes tendrán que informar a la Agencia Tributaria sobre las operaciones tributarias transfronterizas potencialmente evasivas,

bajo riesgo de multa, según la propuesta de trasposición de la directiva europea sobre intermediarios tributarios (DAC6), que se articula a través de un anteproyecto de ley y un real decreto. Para determinar qué mecanismos son potencialmente evasivos, Hacienda define algunas "señas distintivas", como que el "principal efecto" de la operación sea el ahorro fiscal o que como resultado se pague un tipo del impuesto de sociedades inferior al 1 %. Si todos los intermediarios están eximidos de informar sobre la operación, la obligación recaerá sobre el obligado tributario, es decir, el propio contribuyente, sus sustitutos o sucesores, entre otras figuras. El borrador prevé un período transitorio para los mecanismos, cuyo deber de información se haya originado entre junio de 2018 -cuando entró en vigor la directiva- y junio de 2020, que deberán declararse en los meses de julio y agosto de 2020.

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