El TS tumba las inspecciones de las Haciendas autonómicas, que impedían acceder a los beneficios en Sucesiones argumentando que la sociedad patrimonial no tenía actividad suficiente para contratar empleados.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de gran relevancia para las empresas familiares con activos inmobiliarios. El fallo establece que para aplicar la reducción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en el caso de actividades de arrendamiento de inmuebles, basta con cumplir los requisitos formales de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF),sin necesidad de justificar económicamente la contratación de un empleado a jornada completa. Esta decisión promete un importante alivio para la continuidad de este tipo de negocios en el relevo generacional.

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