El TS ha dado la razón a un hombre que denunció al INSS por negarle el accidente laboral después de que sufriese una lesión trabajando, dado que defendían que fue resultado de una dolencia antigua no tratada.

Solo le reconocieron una incapacidad por enfermedad común, que tiene menor cobertura. El afectado, mecánico de profesión. El Supremo invoca entonces el artículo 156.3 de la Ley General de la Seguridad Social, que recoge que "se presumirá que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo". De este modo, el Alto Tribunal aclara y resuelve de forma definitiva que si una dolencia preexistente se agrava por un hecho que ha ocurriendo en tiempo y lugar de trabajo, se debe considerar accidente laboral.

Compartir:

En Apros Consultores Patrimoniales utilizamos cookies propias y de terceros para asegurarnos que todo funciona correctamente. Para más información visita nuestra política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o personalizar tu elección haciendo clic en CONFIGURAR O RECHAZAR SU USO.