El TS establece que la Agencia Tributaria incumple la Ley General Tributaria al encargarse el Departamento de Gestión y no el de Inspección de la comprobación de los regímenes especiales,

y dictamina que las actuaciones que haya hecho en este sentido la AEAT quedan anuladas. Cuestiona el control que hace Hacienda de determinados beneficios fiscales de que disfrutan las empresas, en una sentencia que amenaza buena parte de los propios ingresos del Impuesto sobre Sociedades y que impacta incluso en IRPF e IVA. La sentencia del Supremo y sus efectos no se circunscriben a los colegios profesionales ni al resto de entidades que se sitúan en la misma esfera de control que enumera el artículo 9.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, a los que afecta directamente.

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