El Tribunal Supremo respalda que la Agencia Tributaria utilice datos de terceras personas en las inspecciones

El tribunal fija doctrina y establece que Hacienda, cuando inspecciona a una persona, puede utilizar datos de terceros siempre que el tratamiento de estos se ampare en las facultades que se confieren a las autoridades tributarias para luchar contra el fraude fiscal, la inclusión de los datos se limite a los necesarios para determinar los hechos y sean proporcionales al fin perseguido. Para el Supremo, la ley general tributaria y la normativa europea aplicable respaldan la conducta de Hacienda, que no vulneró en ningún momento la normativa de protección de datos.

Compartir:

En Apros Consultores Patrimoniales utilizamos cookies propias y de terceros para asegurarnos que todo funciona correctamente. Para más información visita nuestra política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o personalizar tu elección haciendo clic en CONFIGURAR O RECHAZAR SU USO.