El TJUE determina que el complemento a la pensión por el cuidado de los hijos todavía sigue siendo discriminatorio para los hombres y abre la puerta a indemnizaciones.

El tribunal europeo ya llegó a esta conclusión hace seis años en una sentencia del 12 de diciembre de 2019, por la normativa española anterior. Ahora, el TJUE señala que es discriminatoria una nombra que exige a los hombres, en idéntica situación que las mujeres, haber paralizado su vida laboral para acceder a este complemento mientras que a estas se les reconoce al momento. Según el TJUE la discriminación que sufren los hombres con este complemente no puede justificarse únicamente en el mero hecho de querer proteger a la mujer en razón de su maternidad para compensar el tiempo dedicado a la educación de los hijos o las desventajas a las que están expuestas las mujeres.

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