El TEAC establece que la Oficina de Investigación del Fraude (ONIF) "se extralimita" al solicitar datos tributarios de contribuyentes españoles a compañías extranjeras sin relación con España.

Exige a la Agencia Tributaria que limite este tipo de solicitudes a las administraciones públicas de terceros países con los que tenga firmados convenios de colaboración. Las atribuciones legales de la ONIF le permiten "desarrollar cuantas actuaciones resulten pertinentes con cualesquiera obligados tributarios", pero matiza que sus facultades "vienen delimitadas por el ámbito territorial que le es propio", el nacional, y sobre los contribuyentes que operen en él.

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