Contrato de interinidad en la excedencia voluntaria. Empleados municipales.

Si la excedencia voluntaria no comporta reserva de puesto de trabajo, el contrato de interinidad formalizado para sustituir a la trabajadora excedente es ilegal y el posterior cese de la interina tras la reincorporación de la titular, también lo es. El vínculo es indefinido no fijo y su cese ha de canalizarse a través del despido por causas objetivas o colectivas. STA  TS 05-07-2016.

 

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