La patronal CEOE ha recurrido ante el TS el procedimiento de negociación de los planes de igualdad en las empresas cuando en ellas no exista representación legal de los trabajadores.

No está de acuerdo con que se imponga a las empresas sin representación legal de los trabajadores unos negociadores concretos para determinar los planes de igualdad, sin dar opción a la plantilla a buscar a otros representantes, aunque al final opten por los más representativos. La patronal se quejaba además de que la norma obstaculiza el acceso a licitaciones públicas a las empresas que no han negociado los planes de igualdad con los sindicatos y, en cambio, da prioridad a garantizar la penetración de los sindicatos en las empresas donde no tienen representación.

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