El TS ha reconocido que en un despido colectivo los empleados temporales no tienen por qué recibir el mismo trato que los contratados indefinidos, ya que no son equiparables.

El Alto Tribunal, en una sentencia fechada en enero, rechaza así un recurso de casación presentado por CCOO de Asturias contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad, sobre los despidos efectuados por la compañía Telecyl, subcontratada por Cajastur -luego Liberbank- para atender el servicio de banca telefónica.

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