siempre que los arrendatarios sean grandes tenedores. El nuevo real decreto prevé que las partes puedan acordar que se aplique la fianza al pago total o parcial de la renta. Esta disposición genera algunas dudas sobre su ámbito de aplicación, ya que no queda claro si aplica a cualquier acuerdo en el marco de esta norma o exclusivamente a los alcanzados entre arrendatarios y arrendadores que no sean grandes tenedores ni empresas públicas.