A la vista de la problemática aparejada a la solicitud del NIF por parte de entidades extranjeras,

es fácil entender cómo, muchas veces, lo que debería ser únicamente una “simple formalidad administrativa” se convierte en un verdadero obstáculo para cerrar una inversión en España en el tiempo previsto, no solo por la dificultad que muchas veces representa convencer al cliente extranjero de la obligatoriedad del trámite y de seguir unos formalismos que consideran exacerbados, sino por la inseguridad jurídica que acarrea el proceso, lo que muchas veces llega a resultarles desincentivador. Pero lo cierto es que las cargas para el inversor extranjero no se limitan a la mera solicitud del NIF sino que se incrementan una vez conseguido este.

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