LINEAS DE FINANCIACION ICO 2016

Línea ICO Empresas y Emprendedores 2016

Plazo: se podrán formalizar préstamos al amparo de esta Línea hasta el día 10-12-2016. 

Dónde se puede solicitar la financiación: en cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios: podrán solicitar estos préstamos los autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, Administración Pública), que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir sus necesidades de liquidez con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero. 

También podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes. 

Conceptos financiables: la financiación podrá destinarse a: 

  1. Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc. 
  1. Inversiones productivas dentro de territorio nacional:
  • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.
  • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%.
  • Adquisición de empresas
  • IVA o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
  • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida
  • Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.

Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2015.

Desde la fecha de firma de la operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

Importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones. 

Modalidad de la operación: cuando el destino sea Inversión podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea Liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo.

Plazo de amortización y carencia: 

Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 años con la posibilidad de 1 año de carencia.

Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 años con hasta 1 año de carencia, y 12, 15 y 20 años con 2 años de carencia. 

Tipo de interés del préstamo: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable: 

  • Para operaciones a plazo de 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 2,30 %
  • Para operaciones a 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,00%.
  • Para operaciones a plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta 4,30% 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente (TAE), según el plazo y la modalidad escogida, que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal. 

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación.

 Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas salvo aval de la SGR o SAECA. 

Comisiones y gastos: la Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a un año y del 2% cuando ésta sea inferior o igual a un año.  En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3% sobre el importe cancelado. 

Listado de Entidades de crédito: BANCA PUEYO, BANCO CAIXA GERAL, BANCO COOPERATIVO, BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANKIA, BANKINTER, BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON, BBVA, C. R. CENTRAL, CAJA RURAL DE DE SORIA, CAJA RURAL DE JAEN, CAJA RURAL DE TERUEL, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL, EXTREMADURA, CAJAMAR CAJA RURAL, IBERCAJA, SANTANDER, TARGOBANK.

línea ICO Garantía SGR/SAECA 2016

Plazo: 

Se podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 10-12-16. 

Dónde se puede solicitar: en la SGR, en SAECA o en cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios

  • Para inversiones realizadas en territorio nacional y necesidades de liquidez, podrán solicitar esta financiación: autónomos, empresas públicas y privadas que cuenten con el aval de una SGR o SAECA, con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero. 
  • Para inversiones realizadas fuera del territorio nacional y necesidades de liquidez, podrán solicitar esta financiación: los autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (fundaciones, ONG´s, Administraciones Públicas…) que cuenten con el aval de una SGR o de SAECA, incluyéndose tanto las domiciliadas en España como las domiciliadas en el extranjero que tengan mayoría de capital español. 

Conceptos financiables: la financiación podrá destinarse a: 

  1. Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc. 
  1. Inversiones productivas dentro y fuera de territorio nacional: 

- Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano.

- Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos   industriales podrán financiarse en un 100%.

- Adquisición de empresas.

- Creación de empresas en el extranjero.

- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuestos de análoga naturaleza.

- Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida. 

Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2015. 

Desde la fecha de firma de la operación, el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación. 

Importe máximo por cliente y año es de 2 millones de euros, en una o varias operaciones. 

Modalidad: cuando el destino sea inversión, podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo.

Plazo de amortización y carencia: 

Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 con la posibilidad de 1 año de carencia.

Si se financia inversión: 1, 2, 3,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 años con posibilidad de 1 año de carencia, y 12 y 15 años con posibilidad de 2 años de carencia.

 

Para aquellas operaciones cuya finalidad sea Inversión y Liquidez, se podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para Inversión. 

Tipo de interés: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable:

 - Para operaciones a 1 año: tipo Fijo ó Variable, más un margen de hasta 2,30 %

- Para operaciones a 2, 3 y 4 años: tipo Fijo ó Variable, más un margen max. 4,00%

- Para operaciones con plazo superior a 4 años: tipo Fijo ó Variable, más un margen de hasta 4,30% 

La Entidad de Crédito y la SGR/SAECA aplicarán un margen de intermediación y coste de aval, respectivamente, que de manera conjunta no podrá superar el margen máximo aplicable al tipo de interés, según el plazo de la operación descrito en anteriormente. 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente, según el plazo y la modalidad escogida, que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal. 

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación. 

Coste en concepto de cuota mutualista de la SGR: la SGR podrá cobrar al cliente una cuota de hasta un 4% del importe de financiación avalado en concepto de cuota social mutualista, que se abonará de una sola vez al inicio de la operación. Este importe es reembolsado al cliente una vez que se termine su relación con la SGR. SAECA no aplica cuota mutualista.

 

Garantías La SGR, SAECA y la Entidad de Crédito analizarán la solicitud de financiación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determinarán las garantías a aportar.

 Comisiones y gastos La SGR o SAECA aplicarán hasta el 0,50% sobre el importe avalado de la operación en concepto de comisión de estudio. 

En caso de amortización anticipada voluntaria se cobrará una comisión sobre el importe cancelado que con carácter general será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a un año y del 2% cuando ésta sea inferior o igual a un año.

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,00% sobre el importe cancelado.

Listado de Entidades de crédito:

BANCA PUEYO, BANCO CAIXA GERAL, BANCO COOPERATIVO, BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANKIA, BANKINTER, BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON, BBVA, C. R. CENTRAL, CAJA RURAL DE DE SORIA, CAJA RURAL DE JAEN, CAJA RURAL DE TERUEL, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL EXTREMADURA, CAJAMAR CAJA RURAL, IBERCAJA, SANTANDER, TARGOBANK

LÍNEA ICO Crédito Comercial 2016

Plazo: Se podrán formalizar operaciones con el banco hasta el 10-12-2016.

Dónde se puede solicitar la financiación: en cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios: autónomos y empresas con domicilio social en España que emitan facturas derivadas de la venta en firme de bienes y servicios realizada a un deudor ubicado dentro del territorio nacional. 

Facturas que se pueden anticipar: se podrán anticipar las facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación.

 

Importe máximo por cliente: se podrá financiar hasta el 100% del importe de la factura siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones. 

Modalidad: la entidad financiera y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes. 

Tipo de interés: variable (6 meses), más un margen de hasta el 2,30% 

Las fechas y forma de liquidación de los intereses se pactarán entre la Entidad de Crédito y el cliente, en función del tipo de contrato que hayan formalizado. 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente (TAE), que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter semanal. 

Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas. 

Comisiones y gastos: la Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente salvo en caso de amortización anticipada obligatoria que se devengará una penalización del 1,50% sobre el importe cancelado. 

Listado de Entidades de crédito: BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANKIA, BANKINTER, CAJA RURAL DE DE SORIA, CAJAMAR CAJA RURAL, CAJASIETE, SANTANDER

LÍNEA ICO Fidelidad y Crecimiento 2016

Plazo: el cliente podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 10-12-16. 

Dónde se puede solicitar la financiación: en la Entidad de Crédito donde el cliente formalizó el préstamo original o en alguna de la Entidades de su grupo. 

Beneficiarios: podrán solicitar estos préstamos los autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, Administración Pública), comunidades de propietarios y particulares que sean titulares de un préstamo ICO, y quieran cancelarlo y formalizar otro que mejore sus condiciones financieras sin hacer frente al coste de cancelación anticipada de la operación original.

Los préstamos a cancelar deberán tener un saldo positivo y encontrarse dentro de alguna de las siguientes Líneas: 

ICO - Crecimiento Empresarial 2009

ICO - Economía Sostenible 2010 Tramo II

ICO - Emprendedores 2012 Tramo A

ICO - Emprendedores 2012 Tramo B

ICO - Internacionalización 2009 Tramo II

ICO - Internacionalización 2011 Tramo II

ICO - Internacionalización 2013

ICO - Inversión 2011

ICO - Inversión 2012 ICO - Inversión Internacional 2010 Tramo II

ICO - Inversión Nacional 2010

ICO - Inversión Sostenible 2011 Tramo II ICO - Internacional 2014

ICO – Liquidez 2011 (Tramo financiación ICO 100%)

ICO - Liquidez 2012 Tramo I

ICO - Empresas y emprendedores 2013

ICO - Empresas y Emprendedores 2014

La operación original a cancelar deberá tener una vida residual superior al año. 

Conceptos financiables: cancelación de una operación ICO existente entre la Entidad de Crédito y el cliente con la posibilidad de solicitar financiación adicional para inversión en activos fijos productivos o liquidez. La operación ICO existente que se va a cancelar deberá tener una vida residual entre 1 y 3 años, si se destinó a liquidez, o entre 1 y 4 años, si incluyó financiación de inversión.

El cliente tendrá dos opciones: 

  1. Cancelar la operación original y firmar una nueva operación con mejores condiciones financieras 
  1. Cancelar la operación original y formalizar una nueva operación por un importe superior al saldo vivo de la operación inicial. El importe adicional podrá destinarse a:

- La adquisición de activos fijos productivos, nuevos o de segunda mano (incluido el IVA o impuesto de análoga naturaleza)

- Liquidez con el límite de hasta el 50% del importe de la financiación adicional, que se podrá ampliar hasta el 100% para operaciones a 3 años y a 4 años.

Cuando el cliente cancele la operación original y firme con la Entidad de Crédito una nueva operación, por el mismo importe que tenía de saldo vivo la operación que se cancela, no se producirá desembolso de dinero a su favor. Si el cliente opta por formalizar la nueva operación por un importe superior al saldo vivo de la operación original, además de cancelarse esta operación, el cliente recibirá el importe de la financiación adicional de una sola vez en su cuenta. 

Cuando se solicite financiación adicional, se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2015. Desde la fecha de firma de la operación, el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación. 

Importe máximo: por cliente y año es de 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones, incluyendo el saldo vivo de la operación original e incremento de importe. 

Modalidad: se formalizará bajo la modalidad de préstamo. 

Plazo de amortización y carencia de la nueva operación:

Si la operación  original financiaba  liquidez 100%: 3 o 4 años sin carencia.

Si la operación original  incluía  financiación para  inversión: 3, 4 o, 5, años sin carencia. 

Tipo de interés del préstamo de la nueva operación dependerá del tipo que tenía la operación original que se amortiza anticipadamente, de la vida residual de esta operación, del plazo de la nueva operación y del importe adicional, en el caso de que quiera aumentarse el saldo vivo de la operación inicial. 

La Entidad de Crédito será la encargada de comunicar al cliente el tipo de interés de la nueva operación.

Si la operación original se formalizó a tipo fijo, la nueva operación será a tipo fijo y si la operación inicial se estableció a tipo variable, la nueva operación será a tipo variable.

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación. 

Comisiones: la Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 3,5% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a un año y del 3% cuando ésta sea inferior o igual a un año.

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,5% sobre el importe indebidamente formalizado. 

Garantías: la entidad de crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas. 

Listado de Entidades de crédito: BANCA PUEYO, BANCO CAIXA GERAL, BANCO COOPERATIVO, BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANKIA, BANKINTER, BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON, BBVA, C. R. CENTRAL, CAJA RURAL DE DE SORIA, CAJA RURAL DE JAEN, CAJA RURAL DE TERUEL, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL EXTREMADURA, CAJAMAR CAJA RURAL, IBERCAJA, SANTANDER, TARGOBANK.

LÍNEA ICO Pagarés y Bonos de Empresas 2016

Plazo: 

Se podrán adquirir los pagarés y/o bonos por la Entidad de Crédito hasta el día 10-12-2016. 

Dónde se puede solicitar la financiación: 

En cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios:

Empresas españolas que emitan en el mercado primario pagarés y/o bonos admitidos a cotización en mercados organizados o en sistemas multilaterales de negociación en España. 

Quedan excluidas las empresas que coticen en el Ibex 35 y sociedades del grupo. 

Concepto financiable:  

Adquisición por una Entidad de Crédito de pagarés y/o bonos emitidos por empresas españolas y admitidos a cotización en mercados organizados. 

Importe máximo por cliente y emisión: 

Se financiarán emisiones de bonos y/o pagarés por importe no superior a 50 millones de euros por cliente y emisión.

El importe máximo de financiación para un mismo cliente, en una o varias operaciones, no podrá superar 50 millones de euros. 

Porcentaje de emisión que se puede se puede financiar: hasta el 100% del precio de adquisición de pagarés o bonos siempre que no supere los 50 millones de euros. 

Condiciones de la emisión:

El cliente emisor de los pagarés o bonos y la Entidad de Crédito acordarán las condiciones de estos instrumentos de financiación. El plazo de vencimiento de los pagarés/bonos podrá ser de hasta los 10 años. 

Garantías: 

La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas 

Listado de Entidades de crédito

BANCO FINANTIA SOFINLOC, BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANKIA, BANKINTER.

LÍNEA ICO Innovación Fondo Tecnológico- Fondos Feder

Vigencia: 

Se podrán formalizar operaciones hasta el día 24 de diciembre de 2016, siempre que los fondos no se hubieran agotado con anterioridad. 

Dónde se puede solicitar la financiación: 

En cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiario

Las empresas innovadoras, entendiendo que tienen esta consideración aquellas que cumplan los requisitos definidos por la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad, que realicen inversiones productivas en España o cuyo CIF figure en la relación de empresas innovadoras elaborado por la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. 

Para resolver dudas o consultas sobre la inclusión en el listado de empresas innovadoras que elabora la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Hacienda pueden dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: sgfomentoinnovacion@mineco.es 

No podrán ser clientes las “empresas en crisis”, de acuerdo con la definición del artículo 2.1 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (Diario Oficial C 244 de 01-10-2004). 

Conceptos financiables: 

La financiación se destinará a financiar inversiones productivas dentro de territorio nacional (IVA/IGIC o impuesto análogo no incluidos). Los activos fijos productivos podrán ser nuevos o de segunda mano, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero.

Se financiará hasta el 100% del proyecto de inversión, IVA/IGIC o impuestos de análoga naturaleza no incluidos.

Sólo se financiarán las inversiones cuyas facturas sean pagadas con posterioridad a la fecha en la que se formalice el contrato de préstamo entre la empresa y Entidad de Crédito.

Desde la fecha de la firma de la operación, el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación. 

Importe máximo por cliente: 

El importe máximo por cliente y año es de 1,5 millones de euros, en una o varias operaciones.

Modalidad: 

La financiación únicamente podrá solicitarse bajo la modalidad de préstamo. 

Plazo amortización y carencia: 

A 1, 2, 3, 5 y 7 años con la posibilidad de 1 año de carencia. 

Tipo de interés del préstamo:

El cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable: 

  • Para operaciones a 1 año: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 2,30 %.
  • Para operaciones a 2 y 3 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4,00%.
  • Para operaciones a más de 3 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4,30%. 

El tipo de interés final máximo para el cliente (TAE) según el plazo y la modalidad escogida se publica quincenalmente. Puede consultar el tipo de interés vigente actualmente en el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es

Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas. En ningún caso se podrá aportar como garantía fondos FEDER u otros Fondos Europeos previamente obtenidos por el CLIENTE. 

Comisiones y gastos:

La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 1,75% sobre el importe cancelado. 

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 2,50% sobre el importe cancelado. 

Obligaciones del cliente tras formalizar la operación:

El cliente está obligado a custodiar los documentos acreditativos de la inversión y de la financiación, y a contabilizar tanto la operación de financiación, como las facturas o documentación justificativa, y los pagos realizados. Además, si la inversión realizada incluye la adquisición de bienes de segunda mano o inmuebles, deberá guardar la documentación que exige la Orden EHA/524/2008. 

La contabilidad y la documentación acreditativa de la inversión y de la financiación deberán ser conservadas hasta el 31 el diciembre de 2025. 

La empresa puede ser inspeccionada, en lo que respecta a la operación de financiación, por la Comisión Europea, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el ICO o los organismos que estos designen. 

Listado de Entidades de crédito:

BANCA MARCH, BANCO CAIXA GERAL, BANCO CASTILLA LA MANCHA, BANCO COOPERATIVO, BANCO POPULAR, BANKIA, BANKINTER, BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON, CAJA RURAL DE DE SORIA, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAJAMAR CAJA RURAL, CAJASIETE, LIBERBANK S.A., SANTANDER, TARGOBANK, UNICAJA BANCO.

LINEAS DE FINANCIACION ICO 2016:

internacional y exportadores 

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 10-12-2016. 

Dónde se puede solicitar la financiación: en cualquiera de las sucursales de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios: autónomos y empresas con domicilio social en España que emitan facturas derivadas de la venta en firme de bienes y servicios realizada a un deudor ubicado fuera del territorio nacional o aquéllas que cuenten con un documento acreditativo acordado con una empresa con domicilio social fuera de España, por el que la empresa compradora se comprometa a adquirir bienes a la empresa con domicilio en España, con independencia de la denominación y forma que se dé a dicho documento. 

Conceptos financiables: 

- Anticipos de facturas: se podrán anticipar las facturas que tengan un vencimiento no superior a 180 días, a contar desde la fecha de la firma de la operación. 

- Prefinanciación: necesidades de liquidez de la empresa para cubrir los costes de producción y elaboración del bien o servicio objeto de exportación. 

La operación de prefinanciación financiada con fondos ICO, deberá ser cancelada con carácter previo a la formalización de una operación de anticipo de facturas de los bienes que fueron objeto de prefinanciación. 

Importe máximo por cliente: se podrá financiar hasta el 100% del importe de la factura, o hasta el 100% del importe de venta de los bienes o de la prestación de servicios siempre que no se supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de saldo vivo por cliente y año, en una o varias disposiciones. 

Tipo de interés:

El tipo de interés Variable (6 meses), más un margen de hasta el 2,30%. 

Las fechas y forma de liquidación de los intereses se pactarán entre la Entidad de Crédito y el cliente, en función del tipo de contrato que hayan formalizado. 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente (TAE), que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter semanal. 

Modalidad: la entidad financiera y el cliente podrán formalizar el contrato de financiación que acuerden las partes. En el caso de prefinanciación, el documento aportado deberá identificar de forma clara la operación objeto de financiación. 

Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, tanto en operaciones de financiación de anticipo de facturas como de prefinanciación. 

Comisiones y gastos: la Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente salvo en caso de amortización anticipada obligatoria que se devengará una penalización del 1,50% sobre el importe cancelado 

Listado de Entidades de crédito: BANCO POPULAR. BANCO SABADELL. BANKIA. BANKINTER. CAJA RURAL DE DE SORIA. CAJAMAR CAJA RURAL. SANTANDER

LÍNEA ICO INTERNACIONAL 2016

TRAMO I. INVERSIÓN Y LIQUIDEZ 

Vigencia:

se podrán formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 10-12-2016. 

Dónde se puede solicitar la financiación: en cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en este producto. 

Beneficiarios: autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas (fundaciones, ONG´s, Administración Pública…), incluyéndose tanto las domiciliadas en España, como aquéllas que estando domiciliadas en el extranjero cuenten con mayoría de capital español.

Conceptos financiables: la financiación podrá destinarse a: 

1.- Liquidez: necesidades de circulante tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc. 

2.- Inversiones productivas fuera del territorio nacional: 

  • Activos fijos productivos, nuevos o de segunda mano.
  • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%.
  • Adquisición de empresas.
  • Creación de empresas en el extranjero.
  • IVA o impuesto de naturaleza análoga, que se devengue en España a la hora de adquirir el activo y se liquide como soportado en España en la declaración de IVA a la Hacienda española.
  • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida. 

Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 01-01-2015

Desde la fecha de firma de la operación, el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de financiación.  

Importe máximo por cliente y año es de 12,5 millones de euros o su contravalor en dólares (USD), en una o varias operaciones. 

Modalidad operación: cuando el destino sea Inversión podrá pedirse bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea Liquidez se solicitará bajo la modalidad de préstamo. 

Plazo de amortización y carencia: dependiendo del destino de la financiación, el cliente puede escoger entre las siguientes alternativas: 

Si se financia el 100% liquidez: 1,2, 3 y 4 años  con la posibilidad de 1 año de carencia para el pago de principal.

Si se financia inversión: 1,2, 3,4,5,6,7,8,9 y 10 años  con la posibilidad de 1 año de carencia  y 12, 15 y 20 años con 2 años de carencia. 

Para aquellas operaciones que cuya finalidad sea Inversión y Liquidez, se podrá elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para Inversión. 

Tipo de interés: el cliente podrá elegir entre un tipo de interés fijo o variable en la moneda en la que haya formalizado la operación:

− Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD), más un margen de hasta el 2,30% 

− Para operaciones a plazo de 2, 3 y 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD), más un margen de hasta el 4,00%.

− Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD), más un margen de hasta el 4,30% 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente (TAE), según el plazo y la modalidad escogida, que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal. 

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación. 

Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas salvo aval de SGR o SAECA. 

Comisiones y gastos: La Entidad de Crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a 1 año y del 2,00% cuando ésta sea inferior o igual a 1 año.

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,00% sobre el importe cancelado.  

Listado de Entidades de crédito:

BANCA PUEYO. BANCO CAIXA GERAL. BANCO COOPERATIVO. BANCO POPULAR. BANCO SABADELL. BANKIA. BANKINTER. BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON. BBVA. C. R. CENTRAL. CAJA RURAL DE DE SORIA. CAJA RURAL DE JAEN. CAJA RURAL DE TERUEL. CAJA RURAL DE ZAMORA. CAJA RURAL DEL SUR. CAJA RURAL EXTREMADURA. CAJAMAR CAJA RURAL. IBERCAJA. SANTANDER. TARGOBANK 

TRAMO II EXPORTADORES MEDIO Y LARGO PLAZO 

Vigencia:

Se podrán formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 10-12-2016. 

Dónde se puede solicitar la financiación:

En cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO. 

Beneficiarios: podrán solicitar financiación: 

  • Empresas con domicilio social en España para la venta de bienes o servicios, con aplazamiento de pago, a empresas con domicilio social fuera de España. 
  • Empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición de bienes o servicios, con aplazamiento de pago, a empresas con domicilio social en España. 

Conceptos financiables: 

La financiación podrá destinar a: 

  1. a) Crédito Suministrador: financiación destinada a empresas con domicilio social en España para la venta, con aplazamiento de pago, de bienes o servicios, nuevos o de segunda mano, a empresas con domicilio social fuera de España. 
  1. b) Crédito Comprador: financiación destinada a empresas con domicilio social fuera de España, para la adquisición, con aplazamiento de pago, de bienes o servicios, nuevos o de segunda mano, exportados por empresas con domicilio social en España. 

Financiación Complementaria: financiación requerida por la empresa con domicilio social fuera de España que adquiera los bienes o servicios exportados por la empresa con domicilio social en España que, no se haya cubierto en su totalidad con un Crédito Comprador. 

Importe máximo por cliente:

25 millones de euros o su contravalor en dólares (USD), en una o varias operaciones 

Modalidad operación:

Préstamo, con posibilidad de desembolso en varias disposiciones. 

Plazo amortización y carencia: el cliente podrá escoger entre las siguientes posibilidades: 

  • 2, 3, 4, 5 y 6 años con la posibilidad de 1 año de carencia para el pago de principal 
  • 7, 8 y 9 años con la posibilidad de 1 o 2 años de carencia para el pago de principal 
  • 10 y 12 años con la posibilidad de 1, 2 o 3 años de carencia para el pago de principal 

Tipo de interés: 

Tipo de interés fijo o variable en la moneda en la que haya formalizado la operación: 

- Para operaciones a plazo de 2, 3 y 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD) más un margen de hasta el 4,00%. 

- Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable (euro o dólar USD) más un margen de hasta el 4,30%. 

En el apartado “Tipos de Interés” que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final máximo para el cliente, según el plazo y la modalidad escogida, que se puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea. Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal.

Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación. 

Garantías: la Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas. 

Comisiones y gastos: 

La Entidad de Crédito aplicará comisión de estudio/apertura a las operaciones que será de hasta un 1% para aquéllas con plazo inferior a 5 años y de hasta un 1,50% para las que tengan un plazo igual o superior a los 5 años. 

En caso de amortización anticipada voluntaria se aplicará una comisión del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a 1 año y del 2,00% cuando ésta sea inferior o igual a 1 año

En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 3,00% sobre el importe cancelado. 

Listado de Entidades de crédito:

BANCA PUEYO. BANCO CAIXA GERAL. BANCO COOPERATIVO. BANCO POPULAR. BANCO SABADELL. BANKIA. BANKINTER. BANTIERRA NUEVA CAJA RURAL ARAGON. BBVA. C. R. CENTRAL. CAJA RURAL DE DE SORIA. CAJA RURAL DE JAEN. CAJA RURAL DE TERUEL. CAJA RURAL DE ZAMORA. CAJA RURAL DEL SUR. CAJA RURAL EXTREMADURA. CAJAMAR CAJA RURAL. IBERCAJA. SANTANDER. TARGOBANK

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