El TS aclara que la empresa no está obligada al registro diario de las compensaciones motivadas por extensión de la jornada laboral

El sindicato de trabajadores de una compañía presentó demanda de conflicto colectivo ante la sala de lo social de la Audiencia Nacional, en la que solicitó que se reconociera la obligación de la compañía de entregar, cada día, el registro de las compensaciones derivadas de realizar horas de más cuando la jornada laboral se prolonga. Debían estar firmadas por cada trabajador y el objetivo era realizar un seguimiento y control del tiempo adicional realizado por la plantilla. La Audiencia Nacional desestimó la demanda "por considerar que la obligación de llevar un registro diario de las horas extraordinarias no se extiende a las compensaciones por prolongación de la jornada".

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