Supresión legal de los días adicionales de libre disposición.

Es legítima la supresión mediante una Ley de los días adicionales de libre disposición a los que tenía derecho el personal laboral de la administración en razón de su antigüedad, ya que se trata de una mera expectativa de derecho. Una de las medidas que se tomaron como consecuencia de la crisis económica fue la disminución del número de días de permiso por asuntos particulares y la supresión del aumento de los mismos relacionada con la antigüedad (RDL 20/2012 art.8). STA TS 13-10-2015

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