El TSJPV extiende también al sector privado las indemnizaciones a los temporales.

Ha dictado una sentencia en la que establece una indemnización de 20 días a la finalización de un contrato por obra o servicio determinado en una empresa privada que, en este caso concreto, se dedicaba a la prestación de servicios de conserjería, limpieza y mantenimiento. Con esta decisión, la Sala de lo Social extiende, también, al sector privado los efectos del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del 14 de septiembre, sobre la discriminación de que son objeto los trabajadores temporales cuando finaliza la relación laboral, en comparación con los que tienen un contrato fijo. El caso concreto juzgado ahora se refiere a un trabajador de una empresa de servicios que, al acabar su contrato eventual, solicitó que el fin de la relación laboral fuera considerado despido nulo. STA TSJ PaÍs Vasco 18-10-2016

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